martes, 26 de agosto de 2014

La Policía de Nueva York establece un programa de análisis de riesgos


Como todos los lectores bien saben, en España, al amparo del art. 31 bis del Código Penal, están exentas de responsabilidad penal, que no civil, las administraciones públicas y las sociedades participadas en al menos un 50’01 % por una de aquellas, por los actos cometidos por las autoridades o funcionarios públicos. Esto ha de ponerse en relación porque, al contrario, toda persona jurídica, con la excepción ya examinada, puede responder penalmente además, o incluso en solitario de no individualizarse el concreto autor, de quien haya provocado el delito que se debía omitir, aprovechando la estructura de la referida persona jurídica para favorecer la comisión del ilícito. Ha de tenerse en cuenta, que incluso los partidos políticos y sindicatos, están sometidos a tal responsabilidad desde la Ley Orgánica 7/2012 (hay maledicentes que no se explican cómo, hasta dicha ley, se equiparaba a administraciones, partidos políticos y sindicatos en dicha excepción). En cualquier caso y dejando al margen que en un artículo publicado en la revista Economist & Jurist vine a sostener la posible inconstitucionalidad de dicha diferenciación, por quiebra del principio de igualdad (art. 14 CE), a salvo, obviamente, de la disolución del Estado, que sería rocambolesco acordarla judicialmente, vamos a examinar una interesante noticia que nos llega desde el otro lado del Atlántico.
Según el The New York Times, el Departamento de Policía de Nueva York ha decidido crear un programa llamado “Claim Stat”, recomendando vivamente abrir este enlace, en el sentido de pretender corregir el hecho de que las quejas ciudadanas por actos policiales le han supuesto a las arcas del Ayuntamiento 137’2 millones de dólares en 2013 y el presupuesto de 2015 tiene prevista una partida para cubrir ese evento dañoso de 674 millones de dólares. Se señala en la misma noticia que, de lejos, los barrios más conflictivos, en lo que a quejas se refiere contra agentes policiales, son Bronx sur y Brooklyn central. Nótese también que en EEUU no hay jurisdicción contencioso administrativa, por suerte para los no benditos por las reformas de Napoleón, y que las condenas económicas son rápidas y rigurosas, así como elevadas las indemnizaciones por daños morales, con lo que un desmán le duele rápido al infractor, en este caso al Ayuntamiento.

Estamos ante un claro sistema de corrección de Risk Management, o gestión del riesgo, desde una Administración pública, que, a la vista del ingente agujero económico que le suponen las quejas de los usuarios refrendadas por los tribunales, ha decidido tomar cartas en el asunto a la hora de individualizar conductas lesivas, tal vez hasta funcionarios reincidentes y aplicar correcciones.

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